Agosto, 3 de 2017
En su alocución del 27 de julio pasado, el viceministro de Asuntos Políticos del Ministerio del Interior, abogado Ariel Martínez, manifestó de manera tajante que “a la fecha, habiendo transcurrido ya cuatro años de la puesta en vigencia de la Ley N° 5036, no existe ninguna acción de inconstitucionalidad presentada ante la Corte Suprema de Justicia”; cuando en realidad ya se han presentado dos acciones, impulsadas por cinco ciudadanos paraguayos, pobladores de las zonas militarizadas del departamento de San Pedro y Concepción, víctimas de los abusos de las FTC. El miércoles y jueves de la semana pasada el Estado paraguayo defendió el VII Informe Periódico sobre el cumplimiento de la Convención Internacional contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes en el marco del 61° periodo de sesiones del Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, realizado en Ginebra, Suiza. En ese contexto de la presentación el viceministro respondió al comité sobre las preguntas hechas acerca de las Fuerzas de Tareas Conjuntas (FTC), los operativos y la inconstitucionalidad de la ley. Textualmente: “Las FTC operan desde el 2013 en el Paraguay. Todo su comportamiento está regulado por una ley que se dio a inicio de este periodo presidencial y es producto de las mayorías requeridas en ambas cámaras del congreso. Esta ley que fue sancionada en el 2013, obviamente puede ser atacada de inconstitucional por cualquier ciudadano paraguayo, pero a la fecha, a casi 4 años de su vigencia, no se ha presentado ante la Corte Suprema de Justicia, el órgano encargado de dictaminar sobre la constitucionalidad o no de alguna ley en el Paraguay, ninguna acción de inconstitucionalidad. Sí se ha manifestado, principalmente de algunas organizaciones de la sociedad civil en contra de la misma, y creemos que dichas manifestaciones fueron las que llegaron hasta acá pero dichas peticiones fueron planteadas justamente ante el Congreso por lo que creemos que esa es la vía adecuada para discutir si dicha ley sigue en vigencia o no. La inconstitucionalidad o no de la norma se debería discutir jurisdiccionalmente ante la Corte Suprema y como mencioné, en casi cuatro años de vigencia, ningún ciudadano paraguayo ha planteado ninguna acción de inconstitucionalidad ante dicha norma”. En la fecha de hoy el Serpaj Paraguay presentó una nota al Comité Contra la Tortura contándole los pormenores del caso. VER Nota a la CAT Se puede ver y escuchar al viceministro en este enlace, presentando esta declaración del min. 21.50 al 24.40 http://webtv.un.org/topics-issues/member-states/watch/consideration-of-paraguay-contd-1549th-meeting-61st-session-committee-against-torture/5524611730001/?term Las acciones de inconstitucionalidad presentadas En junio del 2016 se presentó la primera acción de inconstitucionalidad por cuatro pobladores del norte del país. La segunda presentación hecha por la señora Ma. Gloria González el pasado 20 de julio de 2017 también de la zona norte. Todos ellos han sido víctimas de violaciones a sus derechos humanos por parte de las Fuerzas de Tarea Conjunta. Sobre los casos presentados